El periodo de caza inició el 1 de abril y se extenderá hasta el 31 de agosto, lo que está regulado por la ley 19.473, la que pretende evitar que algunas especies se vean amenazadas ante la extinción.
Por esta razón, el Director Regional del Servicio Agrícola y Ganadero, Eduardo Figueroa, afirmó a Bio-Bio, que las personas que quieran practicar la caza, podrán hacerlo con un permiso que entrega el SAG.
La fiscalización a los cazadores informales, le corresponde al SAG, aunque el control de los permisos también lo puede hacer Carabineros, Sernapesca, Conaf, autoridades marítimas y personas designadas por el mismo organismo público.
Los cazadores podrán practicar este deporte en terrenos propios o ajenos, con una previa autorización de los dueños o sus representantes legales, de lo contrario estaría incurriendo en una irregularidad.
Para quienes sea sancionados, las multas dictadas por el SAG o los Tribunales de justicia, podrían variar entre una y 100 UTM, además de la retención del arma, suspensión del permiso y en algunos casos, con cárcel.
Fuente Bio-Bio
Imagen CC Rastrojo