El pasado mes de mayo, la Tercera Sala de la Corte Suprema -en forma unánime- consideró arbitraria e ilegal una resolución de la Seremi de Salud del Bio-Bio que ordenó a su dueña la reubicación de su mascota por producir malos olores. Con esta resolución, el gato Jemimo de 5 años de edad finalmente pudo quedarse bajo la custodia de su dueña.
Hay una colérica escena de la serie Friends donde una de las protagonistas, Phoebe Buffay, le canta a un gato maloliente “no es tu culpa, ¿con qué te están alimentando?”. Esta podría retratar perfectamente lo que pasó con la Seremi de Salud, la cual pidió que Jemimo fuera reubicado, ya que producía olores molestos para los vecinos.
Su dueña, Trinidad Martínez Cares, fue notificada el 26 de diciembre para que el animal dejara su casa en Talcahuano en un plazo de 24 horas, supuestamente porque expelía malos olores. Ante esto, su propietaria interpuso un recurso de protección para que la medida no se concretara.
Ella, al contrario del video de Friends, señala que Jemimo no sufre de ningún problema biológico, por lo que no hay razones para que sus vecinos se hayan quejado de que existan malos olores. Esto fue utilizado por la defensa para señalar que no existe ningún reglamento que ordene este tipo de medidas.
Trinidad presentó un recurso de protección ante la Corte de Apelaciones de Concepción, el que fue rechazado. Sin embargo, recurrió al tribunal máximo del país y logró revertir la suerte de su gato, ya que en fallo unánime acogieron el recurso los ministros de la Tercera Sala de la Corte Suprema, Sergio Muñoz, Héctor Carreño, María Eugenia Sandoval y dos abogados integrantes.
“No se advierte del catálogo de sanciones la posibilidad de ‘reubicar a la mascota’”, dijeron. Y agregaron que “la actuación deviene en ilegal y procede acoger el recurso en cuestión por haber infringido la garantía consagrada en el artículo 19 numeral 2° de la Constitución Política de la República al imponer obligación no prevista”, consigna el inédito fallo.
No obstante, existen otros casos de actos “arbitrarios” e “ilegales” en contra de dueños de animales. Por lo general, estos se originan con una denuncia de vecinos y, pese a que no poseen las facultades, inspectores municipales, fiscalizadores de la autoridad sanitaria y hasta jueces de policía local, le indican a los dueños de mascotas que deben deshacerse de éstas.
Sin embargo, la legalidad vigente sólo faculta a los Servicios de Salud (no las Municipalidades) por infracción a otras normas de orden sanitario (olores, ruidos, etc.), para cuyo efecto debe instruirse un sumario sanitario para acreditar la infracción. Las sanciones serían básicamente amonestación o multa y se pueden reclamar ante los tribunales.
La historia del “maloliente” gato Jemimo
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Leo