A veces pensamos que tener una mascota, se centra sólo en el trámite de ir a la tienda de animales, comprar una que te guste y volver al hogar. Esto, puede ser lo común, si hablamos de mascotas tradicionales; llámese perro, gatos, hámster, etc. ¿Pero qué sucede cuando nuestra mascota pasa a ser catalogada como exótica?
Normalmente, en la mayoría de los Pet Shop uno puede encontrar gran variedad de animales que hace muchos años atrás era impensable tener en el hogar, como lagartos, iguanas, hurones, hasta arañas pollitos. Éstas, son mascotas requeridas por niños y adultos para tener como compañía en el hogar. Lo anterior, se puede deber a que muchos de ellos se adaptan fácilmente a nuevos entornos o simplemente porque implican un menor cuidado en algunos casos.
Como vemos, no es difícil acceder a una mascota “poco común”, pero hay varios puntos que deberíamos conocer, si es que queremos adquirir una. Lo primero, son las leyes que rigen la tenencia de animales exóticos. Hace ya muchos años, que existe la “Ley de caza”. Ésta, rige todo lo relacionado con la especie anteriormente mencionada. Si la conociéramos, nos daríamos cuenta de que no es tan fácil llegar y adquirir un animal de este tipo.
La Ley de Caza es bien clara al momento de referirse a la tenencia o importación de animales exóticos, ya que hay animales que están prohibidos tener como mascotas. Podemos ver el caso en el cual Carabineros de la Tercera Comisaría de Antofagasta, incautó a una especie en peligro de extinción, como lo es el ya famoso Titi Pigmeo .
No tan sólo, la ley toma en consideración la tenencia de animales exóticos, si no también, aquellos que pudieron ser adquiridos en el extranjero para su exposición y que estén embalsamados. Asimismo, los insectos o larvas que puedan alterar la flora y fauna nativa. Uno de los párrafos que habla sobre este tema, es el Articulo nº 25. Éste, expresa lo siguiente:
“La introducción en el territorio nacional de ejemplares vivos de especies exóticas de la fauna silvestre, semen, embriones, huevos para incubar y larvas que puedan perturbar el equilibrio ecológico y la conservación del patrimonio ambiental a que se refiere la letra b) del artículo 2º de la ley Nº 19.300, requerirá de la autorización previa del Servicio Agrícola y Ganadero. Igual autorización se requerirá para introducir al medio natural especies de fauna silvestre, sea ésta del país o aclimatada, semen, embriones, huevos para incubar y larvas en regiones o áreas del territorio nacional donde no tengan presencia y puedan perturbar el equilibrio ecológico y la conservación del patrimonio ambiental”
La tenencia de animales exóticos está supervisada por el Servicio Agrícola Ganadero (S.A.G). Este organismo se encarga de las pericias correspondientes en caso de detectar el incumplimiento de las leyes. Además, es el responsable de hacerlas valer mediante la ayuda de carabineros, si es que fuese necesario.
Los pasos a seguir, según la Ley de Caza, al momento de poseer una mascota exótica y que se encuentre dentro de la categoría de “ilegal”, es concurrir a las oficinas del SAG y dar constancia de la tenencia de ésta. De no cumplir con estos requerimientos, nos vemos expuestos a multas que van desde 25 UTM e, incluso, algunas contemplan la cárcel.
Si tú tienes en este momento una mascota exótica ilegal y no tenías contemplada esta información, te recomendamos que acudas al SAG y regularices la situación. En caso de que conozcas a alguien que se encuentre bajo estas condiciones, coméntale acerca de esta nota y no hagas vista gorda. Recuerda que los animales son nuestros hermanos pequeños y debemos cuidarlos.
La tenencia de mascotas exóticas no es un juego de niños
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Mascotadictos